
Cada vez más empresas y profesionales independientes reciben pagos mediante SINPE Móvil. Su facilidad de uso, sin embargo, no elimina la necesidad de documentar el origen de los ingresos ni de conciliar esos cobros con la facturación electrónica. En octubre de 2026 se publicó una modificación normativa que convierte los números utilizados comercialmente en información relevante para el Registro Único Tributario (RUT). ¿Qué está definido y qué falta por implementar?
Qué establece el Decreto Ejecutivo N.° 45953-H
Publicado el 16 de octubre de 2026, el Decreto Ejecutivo N.° 45953-H adiciona una obligación relacionada con la inscripción tributaria: informar los números telefónicos vinculados a cuentas bancarias mediante SINPE Móvil cuando esos números se utilicen para recibir pagos de actividades económicas. El cambio apunta a fortalecer la trazabilidad de los medios de cobro. Es importante diferenciar los números de uso comercial de las transferencias estrictamente personales, pues no responden a la misma finalidad tributaria.
¿Ya debe hacerse el trámite?
La obligación se estableció mediante el decreto, pero su ejecución requiere formularios, sistemas y una resolución general de Hacienda que detalle mecanismos, condiciones y plazos. La consulta pública sobre el proyecto de resolución concluyó el 28 de octubre de 2026. Por ello, al planificar la actualización del RUT no debe asumirse que el procedimiento definitivo ya está habilitado ni que los doce meses para contribuyentes previamente inscritos empezaron a correr desde el 16 de octubre. El momento de inicio dependerá de las reglas oficiales que se emitan.
A quiénes interesa especialmente
La novedad es relevante para comercios, emprendimientos, prestadores de servicios y otras personas con actividad económica que reciben cobros por SINPE Móvil. Un negocio que utiliza más de un número para sus ventas necesita identificar quién administra cada línea, a cuál cuenta bancaria está asociada y cómo se registra cada transacción. La obligación tributaria concreta y la modalidad de presentación deben analizarse según el contribuyente y la implementación final.
Cinco acciones que puede realizar desde hoy
- Elabore un inventario interno de los números usados para cobros comerciales y sus responsables.
- Distinga los movimientos personales de los ingresos del negocio.
- Compare SINPE, estados bancarios, comprobantes electrónicos y cuentas por cobrar.
- Documente anticipos, devoluciones, anulaciones y pagos que puedan generar diferencias de conciliación.
- Monitoree los comunicados oficiales de Hacienda y programe la actualización del RUT cuando exista un procedimiento habilitado.
Un punto clave: registrarse no sustituye facturar
El registro de un número de cobro y la obligación de emitir comprobantes cuando corresponda son controles distintos. Contar con el número correcto en el RUT no reemplaza las conciliaciones, el archivo documental ni el cumplimiento periódico de declaraciones. Para reducir riesgos, el área administrativa y el equipo contable deben mantener criterios consistentes sobre qué operación se considera ingreso, anticipo o movimiento no comercial.
Cómo puede apoyar KS Consilium
En KS Consilium apoyamos la revisión de procesos contables, documentación de ingresos y controles administrativos. Prepararse con anticipación permite que la actualización del registro, una vez habilitada, sea una tarea ordenada y no una urgencia. Un adecuado control de SINPE Móvil también mejora la lectura del flujo de caja de la empresa.
Contenido revisado con información disponible al 1.º de noviembre de 2026. Antes de publicar, verificar si Hacienda emitió la resolución general posterior a la consulta del 28 de octubre.

